El alumnado que haya formalizado su matrícula a tiempo parcial podrá solicitar una "dispensa de asistencia", de todo o parte de lo matriculado, dirigiendo una solicitud a la Comisión Académica de la titulación. Los solicitantes dispondrán de 10 días hábiles desde que finalice el plazo de matrícula para presentar en el Registro de la Facultad el impreso de solicitud * cubierto y la documentación acreditativa que proceda. La Comisión resolverá en un máximo de 15 días hábiles, contados a partir de la finalización del plazo de presentación de solicitudes. No podrá aplicarse la dispensa de asistencia para los exámenes oficiales, ni tampoco para las actividades concretas marcadas como de asistencia obligatoria, si las hay, en las guías de las asignaturas. * Descargar antes de cubrir. Motivos por los que el alumnado matriculado a tiempo parcial puede solicitar la dispensa de asistencia, según la normativa de la UDC del 04/05/2017:
Esta circunstancia deberá ser acreditada mediante el correspondiente contrato de trabajo o nombramiento administrativo, o de la documentación que acredite la condición de empresario o de trabajador autónomo, siendo necesario entregar en todos los casos a documentación justificativa de estar dado de alta en la Seguridad Social o en régimen equiparable.
Deberá acreditarse mediante certificación emitida por el organismo competente para el reconocimiento de esta discapacidad.
Deberá acreditarse de forma fidedigna mediante lo correspondiente certificado médico.
Deberá acreditarse de forma fidedigna mediante un certificado médico o mediante los justificantes correspondientes.
Deberá acreditarse mediante la documentación justificativa de esta situación.
Se acreditará mediante la presentación de la documentación oficial que la justifique y/o la certificación expedida por el organismo competente acreditativa de su circunstancia como cuidador/a en una situación de dependencia.
Se justificará de la forma que se indique en la Normativa de Gestión Académica que la UDC apruebe para cada curso.
Se justificará de la forma que se indique en la Normativa de Gestión Académica que la UDC apruebe para cada curso.
Acreditarlo mediante la documentación justificativa de esta condición.
Se acreditará a través de la certificación de la correspondiente oficina de la Universidad o, en su caso, de aquella organización en la que desarrolle su labor.
Se acreditará con la documentación pertinente.