INFORMACIÓN SOBRE LA LEGALIZACIÓN Y TRADUCCIÓN DE DOCUMENTOS ACADÉMICOS EXPEDIDOS EN EL EXTRANJERO La legalización consiste en la comprobación y certificación de la autenticidad de la firma de quien expide el documento, la calidad en la que haya actuado el signatario y, en su caso, la identidad del sello o timbre que lleve el documento. La legalización o apostilla deberá figurar sobre el documento original, antes de la realización de la copia que se vaya a compulsar. No se exige ningún tipo de legalización para los documentos expedidos en Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo: Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Holanda, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Letonia, Lituania, Liechtenstein, Luxemburgo, Malta, Noruega, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Rumanía y Suecia. También Suiza, por acuerdo bilateral con la U.E. Para los documentos expedidos en estos países no será necesaria la legalización (Orden ECI/3686/2004, de 3 de noviembre, por la que se dictan normas para la aplicación del Real Decreto 285/2004, de 20 de febrero, por el que se regulan las condiciones de homologación y convalidación de títulos extranjeros de Educación Superior (BOE nº 275, de 15 de noviembre de 2004), pero sí la traducción. En los demás casos, los documentos expedidos en el extranjero que quieran hacerse valer en estos procedimientos deberán estar debidamente legalizados con arreglo a las siguientes condiciones: Los documentos expedidos por Autoridades diplomáticas o consulares de otros países en España deben legalizarse en el Ministerio Español de Asuntos Exteriores y de Cooperación. Traducción al español de documentos expedidos en idioma extranjero Todos los documentos expedidos en idioma extranjero por las autoridades competentes del país de procedencia deberán acompañarse de su traducción al español, excepto si están expedidos en alguno de los siguientes idiomas: francés, inglés, italiano o portugués, y podrá hacerse: La traducción al español estará exenta de legalización. INFORMACIÓN SOBRE HOMOLOGACIÓN DE TÍTULOS
(No es necesario homologar el título extranjero para cursar este Máster).